Análisis de una nota
Ya no tienes que probar que te despidieron por tu orientación sexual; el empleador tiene que probar que no lo hizo por ese motivo [Exp. 06685-2023-0-1801-JR-LA-10]
LP · publicada el 9 ago 2026
Análisis
Muito boa
- Respeitosa
La nota usa un lenguaje respetuoso.
Nota informativaRelata hechos. Revisamos que los cuente con respeto y sin morbo.
Texto de 2026 (fecha de publicación)
Analizada con el motor v1.6.5 · Qué cambió
En esta nota no participó la IA: la calificaron solo las reglas del motor.
- Google Gemini: no hizo falta
- GPT-OSS de OpenAI en Groq: no hizo falta
- Claude de Anthropic: no hizo falta
Lo que resta
La barra crece con el peso de cada problema en la calificación. Vacía quiere decir sin señalamientos.
O que soma
Lo que la nota hace bien. Compensa una parte de lo que resta, nunca todo.
Cómo llegamos a 100 de 100
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- Perspectiva de gênero e direitos+6
- Calificación (entre 0 y 100, con redondeo y topes por categoría)100
Lo que hace bien
- Nombra la orientación sexual
- Enfoque de derechos humanos
- Cita la jurisprudencia interamericana
Dónde lo encontramos
Estos son los párrafos de la nota donde encontramos algo, sin reproducirla completa. Cada estilo de subrayado es un tipo de hallazgo; el número remite a la lista de arriba. Pasa el mouse o toca una marca para ver por qué la señalamos.
abc Lo que hace bien «…» Cita textual
Ya no tienes que probar que te despidieron por tu orientación sexual; el empleador tiene que probar que no lo hizo por ese motivo [Exp. 06685-2023-0-1801-JR-LA-10]
Sumilla: “En este sentido, esta Corte ha indicado que, tratándose de la prohibición de discriminación por orientación sexual amparada por el citado artículo 1.1 de la Convención, la eventual restricción de un derecho exige una fundamentación rigurosa y de mucho peso, invirtiéndose, …
… Sobre este mismo punto, el Comité de Derechos Económicos y Sociales y Culturales ha señalado que, cuando las empresas están involucradas en violaciones a los derechos humanos, es común que se presenten barreras y “cargas probatorias” que dificultan acreditar tales vulneraciones ante el Estado. Dicho Comité ha resaltado que es usual que …
… que no hizo tal distinción o que, en su caso, existió una justificación objetiva y razonable que amparara esta diferencia de trato. (Caso Olivera Fuentes vs. Perú, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Fundamentos nro. 108 y 109).
El análisis es automático: puede equivocarse con la ironía, con citas que la nota critica o con textos muy cortos. Para proteger a las personas de los casos, en esta página no aparece su nombre registral. Como avaliamos.