Qué debe hacer el Ministerio Público
Cuando la víctima de un delito es una persona LGBTTTIQANB+, la investigación debe seguir estándares internacionales. Estas son cuatro obligaciones centrales.
- Debida diligenciaLa investigación debe ser oficiosa, oportuna y exhaustiva, agotando todas las líneas que apunten a un crimen de odio.
- Preservación de pruebasRecolección inmediata de los indicios que demuestren el prejuicio: mensajes, simbología, saña o violencia extrema.
- No revictimizaciónEstá prohibido cuestionar la vida privada de la víctima para justificar la agresión o restarle importancia al delito.
- Enfoque interseccionalDebe considerarse si la víctima enfrentaba varias condiciones de vulnerabilidad a la vez: ser migrante, indígena o vivir con discapacidad.
Derechos de las víctimas
- Respeto a la identidadDerecho a ser tratada por su nombre social y los pronombres que eligió, en todas las etapas del proceso.
- Atención integralAcceso inmediato a servicios de salud, apoyo psicológico y medidas profilácticas de urgencia.
- Medidas de protecciónÓrdenes de restricción, vigilancia o refugio si existe riesgo de nuevas agresiones.
Familias sociales
Las parejas y amistades cercanas tienen derecho a recibir información sobre la investigación y a reclamar el cuerpo, acreditando el vínculo afectivo. La familia no se limita al parentesco legal.
Fuente oficial
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2024). Apuntes sobre la investigación de delitos motivados por prejuicio contra personas LGBTI+. Este material busca acercar el lenguaje técnico legal a la ciudadanía para fortalecer la exigencia de justicia; no sustituye la asesoría legal.