Skip to content

Analysis of a note

Orientación sexual como categoría protegida: la deuda del artículo 173 del Código Penal

Acento · publicada el 17 oct 2026

Analysis

Very good

  • Inclusive language
  • Respectful

La nota usa un lenguaje respetuoso.

Information NoteRelate facts. We review that you tell them with respect and without morbidity.

Quote citation text 2026 Date of publication

Analyzed with the engine v1.6.3 · What changed?

Lo que resta

La barra crece con el peso de cada problema en la calificación. Vacía quiere decir sin señalamientos.

Derogatory terms Sin señalamientos
Name and gender Sin señalamientos
Blames the victim Sin señalamientos
Sensationalism Sin señalamientos
Hostile speech Sin señalamientos
Imprecise terms Sin señalamientos

What adds points

Lo que la nota hace bien. Compensa una parte de lo que resta, nunca todo.

Gender and rights perspective 3 aciertos
Inclusive language 100%
How we got to 100 out of 100
  1. Every note starts with100
  2. Gender and rights perspective+6
  3. Inclusive language+5
  4. Calificación (entre 0 y 100, con redondeo y topes por categoría)100

What it does well

  • Nombra la orientación sexual
  • Name the LGBTTTIQANB + population
  • Enfoque de derechos humanos

Where can we find it?

These are the paragraphs of the note where we find something, without reproducing it in full. Each underline style is a type of finding; the number refers to the list above. Hover over or tap a mark to see why we pointed at it.

abc What it does well abc Inclusive language

El artículo 173 del nuevo Código Penal tipifica la discriminación, configurándola como una conducta penalmente sancionable. Sin embargo, el legislador omitió la orientación sexual de las categorías protegidas frente a la discriminación. Esta exclusión no puede pensarse como un simple descuido técnico ni como una cuestión de técnica legislativa. Fue una decisión expresa, que revela el Congreso que tenemos y que tiene implicaciones importantes para la protección efectiva del derecho a la igualdad y no discriminación de las personas LGBTIQ+. ¿Qué implicaciones tiene esta omisión legislativa? Que a las personas LGBTIQ+ se les pueda negar el acceso a bienes y servicios, obstaculizar el ejercicio de actividades económicas, negar oportunidades de empleo y el acceso a la educación en cualquiera de sus niveles. También implica que se les pueda impedir el acceso o la entrada a establecimientos públicos, comerciales o espectáculos. Todo ello, por razón de su orientación sexual. Con el propósito de que se corrija dicha omisión, la Comunidad de Lesbianas Inclusivas (COLESDOM) y Rosalba Karina Díaz Crisóstomo interpusieron una Acción Directa de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. El …

… La decisión que adopte el Tribunal Constitucional reviste una importancia que trasciende el ámbito penal. El caso constituye una nueva oportunidad para afirmar que las personas LGBTIQ+ son titulares plenas de los derechos y garantías reconocidos por la Constitución y que, en consecuencia, no pueden ser excluidas de la protección que el ordenamiento jurídico ofrece frente a la discriminación. Incluir la orientación sexual entre las categorías protegidas bajo el delito de discriminación no supone la creación de nuevos derechos ni, mucho menos, el otorgamiento de privilegios. Supone, …

… como género, edad, discapacidad, nacionalidad, lengua, religión, opinión política, entre otras. De más está decir que la heterosexualidad también es una orientación sexual y que, en consecuencia, cualquier acto de discriminación fundado en ella quedaría igualmente prohibido. Contrario a lo que se afirmó en la audiencia por una de las …

… la Constitución dominicana no contiene prohibición alguna respecto de las orientaciones sexuales diversas. Por el contrario, el principio de igualdad exige que todas las personas reciban igual protección por parte del Estado. Este enfoque no solo encuentra respaldo en la constitución, sino también en el derecho internacional de los derechos humanos, cuyas normas integran el bloque de constitucionalidad de conformidad con el artículo 74.3 de la Constitución. La Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado reiteradamente sobre el carácter fundamental de la igualdad y la no discriminación. En la Opinión Consultiva OC-18/03 sostuvo que dicho principio …

… caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile, el tribunal precisó que ninguna distinción, exclusión o restricción basada en determinados criterios personales, incluyendo la orientación sexual, puede tener por objeto o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos en condiciones de igualdad. La Corte señaló, además, que el principio de igualdad y no discriminación forma parte del derecho internacional general y constituye uno de los pilares sobre los cuales descansa la protección internacional de los derechos humanos. Así, la orientación sexual ha sido reconocida de manera expresa como una categoría protegida por el derecho a la igualdad y no discriminación. En Atala Riffo y Niñas vs. Chile, la Corte …

… revertir situaciones discriminatorias existentes en sus sociedades. Esta obligación no se limita a abstenerse de discriminar. También comprende el deber de proteger a las personas frente a prácticas discriminatorias perpetradas por terceros cuando estas ocurren con la tolerancia, aquiescencia o insuficiente respuesta estatal. Tomando en …

… de Viena sobre el Derecho de los Tratados, las resoluciones de la Asamblea General de la OEA y los desarrollos de otros sistemas internacionales de protección de derechos humanos, la Corte Interamericana ha sido categórica al afirmar que la orientación sexual es una categoría protegida por la Convención Americana. La Corte ha reiterado esto a través de su jurisprudencia, incluyendo en los casos Olivera Fuentes vs Perú, Pavez Pavez vs Chile, Vicky Hernández vs Honduras, entre otros. Por ello, toda norma, práctica o decisión que establezca restricciones o diferencias de trato basadas en la orientación sexual de una persona debe ser considerada incompatible con la Convención. En consecuencia, ninguna autoridad estatal ni ningún particular puede restringir o menoscabar derechos sobre la base de la orientación sexual de una persona. A la luz de estos estándares, la exclusión de la orientación sexual de las categorías protegidas por el delito de discriminación no resiste un control de constitucionalidad o convencionalidad. Entonces, una de las tareas en las manos …

… expresa a un grupo históricamente expuesto a prácticas discriminatorias, pese a las obligaciones que imponen la Constitución y el derecho internacional de los derechos humanos. La sentencia permitirá definir si el principio de igualdad será interpretado de manera consistente con los estándares constitucionales e interamericanos que obligan …

Preparing your PDF... We put together the analysis with the underlined text and the QR code.

Made by and for the community

This tool is free because someone donated before you

We do not receive government funds. Your donation helps to continue reviewing how the press names LGBTTTIQANB + people and to maintain the memory of each case.

Donate $100 once

Secure payment with Stripe through Civic Node, the organization that promotes Memory and Resistance.

View all options

The analysis is automatic: you can get it wrong with irony, with quotations that the note criticizes or with very short texts. To protect people from cases, your registration name does not appear on this page. How we rate.