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Protocolo 2022 · México

Protocolo para juzgar con perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales

La guía de la Suprema Corte para que juezas y jueces resuelvan sin prejuicios los casos de personas LGBTTTIQANB+: conceptos, derechos, estereotipos que deben desecharse y cómo respetar la identidad de cada persona.

Autoría
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de Derechos Humanos
Extensión
330 páginas
Temas
Criterios de las cortes · Derechos y justicia · Personas trans
Portada: Protocolo para juzgar con perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales

En pocas palabras

Es la versión 2022 del protocolo que la Suprema Corte publicó por primera vez en 2014. Reúne las leyes, las sentencias de la propia Corte y los estándares internacionales que deben aplicar las personas juzgadoras cuando un caso involucra la orientación sexual, la identidad o la expresión de género, o las características sexuales (OSIEGCS) de alguien.

Explica que esas cuatro dimensiones son distintas e independientes, que son categorías protegidas contra la discriminación y que la identidad de género la define la propia persona. Después ofrece una guía práctica: respetar la identidad desde el primer momento, analizar el contexto, buscar pruebas de oficio y cuidar el lenguaje.

Cifras clave

  • 2014Año de la primera versión; esta es la actualización a fondo de 2022
  • 11Estereotipos sobre personas LGBTTTIQANB+ que el protocolo pide desechar al juzgar
  • 4Obligaciones iniciales: respetar la identidad, analizar el contexto, recabar pruebas de oficio e invertir la carga de la prueba
  • 5Recomendaciones para nombrar a una persona trans o no binaria sin exponer su nombre registral

Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación (2022).

Lo más importante

  • La orientación sexual, la identidad y la expresión de género son categorías sospechosas: cualquier trato distinto basado en ellas se presume discriminatorio y la autoridad debe justificarlo.
  • La identidad de género es autodeterminada. Se respeta el nombre y los pronombres con que la persona vive aunque sus documentos no estén actualizados, y no depende de cirugías ni de hormonas.
  • Pide no exponer el nombre registral («nombre muerto»), ni siquiera con fórmulas como «alias», «y/o» o la diagonal.
  • Desmonta estereotipos como que las personas LGBTTTIQANB+ no pueden criar o «confunden» a sus hijas e hijos, que su orientación es una enfermedad que se «cura», que no hay violencia en parejas del mismo sexo o que las mujeres trans no son mujeres.
  • Señala que llamar «crimen pasional» a un asesinato oculta la violencia por prejuicio.
  • Dedica un capítulo al lenguaje: evitar expresiones basadas en estereotipos, como «contra natura», y usar un lenguaje incluyente y, cuando haga falta, neutro.

Por qué importa aquí

Es la base de muchas reglas del Analizador de notas: cuando una nota usa el nombre registral de una mujer trans, la llama «crimen pasional» o duda de su identidad, el motor lo señala con el criterio de este protocolo.

Sirve para exigir a fiscalías y juzgados que respeten la identidad de las víctimas y no usen prejuicios para explicar la violencia.

Cómo citarlo

Suprema Corte de Justicia de la Nación (2022). Protocolo para juzgar con perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género, y características sexuales. Dirección General de Derechos Humanos. Ciudad de México: SCJN. Primera edición, septiembre de 2022.

La Suprema Corte usa la sigla LGBTI+; en este sitio usamos LGBTTTIQANB+. El documento tiene derechos reservados, por eso lo enlazamos a la página oficial de la Corte. En Guías tienes un resumen ciudadano de sus principios.

Esta ficha es un resumen hecho por el equipo de Memoria y Resistencia para acercar el documento a más personas. No sustituye la lectura del texto original.

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