Cómo leer el semáforo
Contamos los días naturales desde que un instrumento se presenta hasta que la comisión lo dictamina. Señalamos rezago a los 60 y congeladora a los 120.
Fundamento: Reglamento para el Congreso del Estado de Morelos, art. 54, fr. I: las comisiones deben conocer, estudiar y dictaminar los asuntos turnados “en un plazo no mayor a sesenta días naturales” (iniciativas preferentes: 40 días naturales para su votación en Pleno, art. 42 de la Constitución local). El art. 61, último párrafo, permite a la comisión solicitar por escrito a la Conferencia “la ampliación o la prórroga del término”, sin fijar un máximo, por lo que no hay plazo de prórroga cuantificable. El art. 54, fr. II da 60 días hábiles para valorar iniciativas pendientes de la legislatura anterior. Última reforma del Reglamento y de la Ley Orgánica: 07/10/2026 (Marco Jurídico de Morelos). Para el semáforo se toma como referencia una prórroga de hasta 60 días naturales (el doble del plazo), porque el Reglamento no fija un máximo. Consultar la ley (se abre en otra pestaña)
Texto vigente consultado: última reforma publicada el 7 oct 2026.
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