Cómo leer el semáforo
Contamos los días naturales desde que un instrumento se presenta hasta que la comisión lo dictamina. Señalamos rezago a los 90 y congeladora a los 180.
Fundamento: Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, art. 99 (reformado P.O. 30-05-2019; última enmienda del Reglamento P.O. 20-07-2026): las comisiones presentarán su dictamen 'preferentemente en el mismo Período de Sesiones en el que se presentó la iniciativa o a más tardar en el siguiente periodo'; con causa justificada y aviso de la Presidencia de la Junta Directiva por conducto de la Mesa Directiva, el término se amplía hasta 15 días hábiles más, y la Asamblea o la Diputación Permanente pueden autorizar prórrogas adicionales fijando la fecha de presentación (sin tope). Arts. 64 fr. III a) y 65 prevén acuerdos de trámite de prórroga. El plazo no se expresa en días sino ligado a periodos de sesiones, por lo que no se convierte a un número fijo de días. La Ley Orgánica del Poder Legislativo (última enmienda P.O. 20-07-2026) no fija plazo de dictamen. Consultar la ley (se abre en otra pestaña)
Texto vigente consultado: última reforma publicada el 20 jul 2026.
Registramos cada dato a partir de la Gaceta y los documentos oficiales del Congreso. Si encuentras un error, escríbenos. ¿Qué tanto publica cada congreso? Consulta el índice de transparencia.