Cómo leer el semáforo
Contamos los días naturales desde que un instrumento se presenta hasta que la comisión lo dictamina. Señalamos rezago a los 30 y congeladora a los 60.
Fundamento: Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, art. 76: toda comisión presentará su dictamen por escrito dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que haya recibido el asunto (la Presidencia de la Mesa Directiva puede fijar un plazo diferente); vencido el término, la comisión informará los motivos y podrá solicitar una prórroga al órgano que le encomendó el asunto, el cual decidirá (la prórroga no tiene duración máxima fijada). Art. 77: si no dictamina en el término o prórroga, el Presidente de la Mesa la requiere y, en su defecto, se nombra nueva comisión. La Ley Orgánica del Poder Legislativo no fija plazo general (art. 84: 5 días para reclamar competencia; art. 85: lo no dictaminado pasa a la siguiente Legislatura como antecedente). El texto no precisa si los 30 días son hábiles o naturales. Última reforma publicada de ambos ordenamientos según el portal: 13 de abril de 2023. Consultar la ley (se abre en otra pestaña)
Texto vigente consultado: última reforma publicada el 13 abr 2023.
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